El grupo constituido el 26 de Septiembre del 2014, tuvo como objetivo revisar el “Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-000-SAG-FITO/SSA1-2013, Límites máximos de residuos. Lineamientos técnicos y procedimiento de autorización y revisión”, que desea establecer directrices para la regulación de LMRs en ese país, con el fin de colaborar en la evaluación del impacto de esta modificación a las exportaciones nacionales.
El grupo se compuso por los siguientes miembros:
- Claudia Zamora, Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
- Enríque Mejías, Pontificia Universidad Católica de Chile, PUC.
- Jaqueline Espinoza, Oficina de Estudios y Políticas Agrarias, ODEPA.
- María Elvira Lermanda, Asociación Nacional de Fabricantes e Importadores de Productos Fitosanitarios Agrícolas, AFIPA.
- Patricia Nagel, EUROFINS (Presidente del Panel).
- Paulina Marchant, BAYER.
Contraparte: Eduardo Aylwin, Asesor de ACHIPIA
Comentarios Generales: El Panel de Expertos considera que esta norma es algo similar a lo que ya están trabajando países como Brasil, la UE, Estados Unidos o Rusia, donde tienen sus propios LMR. Establecer sus propios LMR para las condiciones de su país, de productos propios de México y de su población, resaltaría también su normativa y procedimientos. Desde el punto de vista de registro, este Panel de Expertos advierte que la entrada en vigencia de dicha normativa, no tiene alcance alguno sobre intereses públicos o privados de Chile, dado que dicho procedimiento garantiza que los LMRs están basados en ciencia y en tal sentidos no significarán un obstáculo técnico al comercio. Puede ocurrir cuando en Chile se ocupen productos no registrados en México para la misma combinación plaga/cultivo que en Chile o bien cuando el patrón de uso del producto sea diferente al registrado en México. Cabe la consulta respecto a cómo se manejarán estos casos o bien si ya existe o existirá algún criterio como por ejemplo, aplicabilidad de valores Codex por defecto o bien aceptación de LMRs del país de origen, entre otros. De acuerdo al análisis del documento, la principal consulta de este Panel es sobre cuáles serán los LMRs aplicables en Mexico para fines de monitoreo en el caso de envíos de productos hortofrutícolas desde terceros países en los cuales se detectan residuos de plaguicidas no autorizados en México, pero que sin embargo cuentan con autorización de uso en los paises de origen. |