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Ley de muestras y contramuestras

Publicado por Red de Científi... el Lun, 04/07/2014 - 14:58

El Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 20.656 [1], inscribe a los laboratorios que participan en las transacciones comerciales de productos agropecuarios, en el "Registro de laboratorios de ensayo, ensayo arbitrador y de calibración", previa verificación de los requisitos establecidos. 

La inscripción en este registro se realiza conforme al procedimiento y disposiciones establecidas en el Instructivo para la inscripción en el registro de laboratorios de ensayo, ensayo arbitrador y calibración que participan en transacciones comerciales de productos agropecuarios [2], aprobado por Resolución Exenta N° 1.117 [3] del 14 de febrero de 2014, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial el 19 de febrero de 2014.

La Ley 20.656 [1] que regula las transacciones comerciales permite transparentar los procedimientos de toma y análisis de las muestras de productos agropecuarios, cuando el precio de ellos esté subordinado a características determinadas por el comprador. 

La señalada ley establece que le corresponde al SAG fiscalizar que todos los actores que participan en la comercialización de productos agropecuarios: agricultores, compradores (agroindustria e intermediarios), laboratorios inscritos en el registro y veedores; cumplan con lo establecido en la señalada ley.

Consideraciones generales:

  • Podrán postular a la inscripción en el Registro de laboratorios de ensayo, ensayo arbitrador y calibración personas jurídicas y naturales.
  • La inscripción de los laboratorios de ensayo y ensayo arbitrador, se otorgará por tipo de producto agropecuario, cuyo reglamento especial se encuentre totalmente tramitado, siendo el maíz el primer producto seleccionado para dar inicio a este proceso.
  • Un laboratorio podrá solicitar la inscripción como laboratorio de ensayo o ensayo arbitrador en uno o más productos agropecuarios que cuenten con reglamento especial.
  • Los laboratorios que postulen a la inscripción deberán cumplir las disposiciones, requisitos y condiciones establecidas tanto en el Instructivo para la inscripción en el registro de laboratorios de ensayo, ensayo arbitrador y calibración que participan en transacciones comerciales de productos agropecuarios, como en los reglamentos especiales del producto que corresponda.

Para revisar en qué consiste esta ley, pincha aquí. [4]

Fuente: http://www.sag.gob.cl/ [5]

Lunes 07 de Abril de 2014
Noticias de actualidad [6]

URL de origen (Obtenido en 12/05/2025 - 06:10): http://redcientifica.achipia.cl/contenido/ley-de-muestras-y-contramuestras

Enlaces:
[1] http://www.sag.gob.cl/content/regula-las-transacciones-comerciales-de-productos-agropecuarios
[2] http://www.sag.gob.cl/content/instructivo-para-la-inscripcion-en-el-registro-de-laboratorios-de-ensayo-ensayo-arbitrador-0
[3] http://www.sag.gob.cl/content/aprueba-instructivo-para-la-inscripcion-en-el-registro-de-laboratorios-de-ensayo-ensayo
[4] http://www.sag.gob.cl/sites/default/files/flujo_ley_de_muestra_y_contramuestra.pdf
[5] http://www.sag.gob.cl/ambitos-de-accion/ley-de-muestras-y-contramuestras
[6] http://redcientifica.achipia.cl/temas-noticias/noticias-de-actualidad